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Situaciones especiales

Accidente in itinere: requisitos legales y qué cambia respecto a un accidente de tráfico normal

Que un accidente sea "in itinere" no sustituye tu reclamación de tráfico habitual — la añade. Son dos vías distintas que conviene entender por separado: una es frente al conductor responsable y su seguro; la otra es frente a la Seguridad Social, y exige cumplir unos requisitos concretos que la jurisprudencia ha ido definiendo.

Publicado el 31 de agosto de 20268 min de lectura

Por el equipo de MiAccidenteDeTrafico.com

El artículo 156.2.a) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social considera accidente de trabajo "los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo" — es lo que coloquialmente se llama accidente in itinere. La redacción legal es breve y deja mucho margen de interpretación, así que ha sido la jurisprudencia, no la ley en sí, la que ha ido fijando con precisión cuándo se cumple realmente esta calificación.

Esto no sustituye tu reclamación de tráfico

Que el accidente se reconozca como in itinere afecta a tu relación con la Seguridad Social y tu empresa — no elimina ni sustituye la reclamación frente al conductor responsable y su aseguradora, que sigue el mismo cauce que cualquier otro accidente de tráfico.

Los cuatro requisitos que exige la jurisprudencia

Para que un accidente se considere in itinere, deben cumplirse conjuntamente cuatro requisitos:

  • Finalidad laboral (requisito teleológico): el desplazamiento debe venir motivado por la obligación de acudir al trabajo o volver de él — no basta con salir de casa o volver a ella por cualquier otro motivo.
  • Trayecto habitual (requisito topográfico): debe tratarse del camino normal entre el domicilio y el centro de trabajo, sin desvíos ni interrupciones por motivos particulares ajenos al trayecto.
  • Cercanía temporal (requisito cronológico): el desplazamiento debe producirse dentro de un margen de tiempo razonablemente próximo al inicio o fin de la jornada laboral.
  • Medio de transporte idóneo (requisito mecánico): el medio utilizado debe ser un medio normal o racional para hacer ese trayecto, sin que se trate de algo manifiestamente inadecuado o de riesgo desproporcionado.

Un desvío no siempre rompe la calificación

Un pequeño desvío por razones que no rompen la lógica del trayecto (por ejemplo, parar a repostar) no tiene por qué excluir la calificación in itinere. Un desvío relevante y ajeno al trayecto (una gestión personal larga, un trayecto claramente distinto al habitual) sí puede hacerlo. Es una valoración caso por caso — si tienes dudas sobre tu situación concreta, conviene que lo revise un profesional.

Qué cambia si se reconoce como accidente de trabajo

Si el accidente se califica como in itinere, se considera una contingencia profesional a efectos de Seguridad Social, con varias diferencias prácticas respecto a una baja por contingencia común (por ejemplo, una enfermedad):

  • No se exige un periodo mínimo de cotización previo — el derecho a la prestación existe desde el primer día de alta en la empresa.
  • La prestación económica por incapacidad temporal equivale al 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, sin el tramo inicial más bajo que se aplica en la contingencia común.
  • La asistencia médica y el seguimiento de la baja corren a cargo de la mutua colaboradora con la Seguridad Social de la empresa, no del sistema público general.

Avisar a la empresa: por qué importa

Informar a tu empresa cuanto antes no es un mero formalismo: es habitualmente necesario para que el accidente se tramite correctamente como in itinere frente a la mutua y la Seguridad Social. Cuanto antes quede constancia de las circunstancias del trayecto, más fácil es acreditarlas después si surge alguna duda sobre si se cumplen los requisitos.

Dos vías, dos interlocutores distintos

Conviene tener clara la diferencia: la calificación in itinere se dirime frente a la Seguridad Social y tu mutua, y afecta a tu situación de baja laboral. La reclamación por los daños del accidente en sí — lesiones, secuelas, daños del vehículo — sigue exactamente el mismo camino que cualquier otro accidente de tráfico: se dirige contra el conductor responsable y su aseguradora, conforme a las reglas que ya explicamos sobre el plazo para reclamar y el baremo de tráfico. Una vía no sustituye a la otra — son compatibles y se gestionan en paralelo.

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